Alianza de Usuarios

Asociaciones de Usuarios o Delegaciones de Veedurías en Salud de Dusakawi EPSI

La DELEGACIÓN DE VEEDURÍA EN SALUD es para Dusakawi EPSI el comité de veeduría que trata el artículo 23 de los estatutos de la Asociación de Cabildos, o la Alianza y/o Asociación de usuarios que regulan directamente, entre otras normas: el Decreto 1757 de 1994, la Resolución 2063 del 2017 y la Circular 008 del 2018, ajustada a su naturaleza jurídica, políticas estatutarias y misión institucional. Además de ello, esta adecuación se apoya en diversos marcos jurídicos, entre los cuales podemos citar: los artículos 7, 246 y 330 de la Constitución Política de 1991; la ley 89 de 1890, el convenio 169 de la OIT adoptado en Colombia mediante la Ley 21 de 1991, el Decreto 1088 de 1993, el Auto 004 de la Corte Constitucional del 2009 y la Ley 691 del 2001. Así mismo, obedece al ejercicio legítimo de los derechos de los pueblos indígenas, los cuales se ejercen en propensión del desarrollo y permanencia de la cultura autóctona, la autonomía, la gobernabilidad y el territorio ancestral. Así las cosas, se puede decir que la Delegación de veeduría en salud es un ejercicio público de carácter especial.

Se constituyen y funcionan en el marco de una visión diferencial e intercultural con primacía de los sistemas y mecanismos propios de los pueblos indígenas afiliados. Es decir, se articula con la normatividad ordinaria pero prioritariamente acata las normas y políticas propias de los pueblos indígenas.

Se les asignan funciones de veeduría, quedando las decisiones y competencias de mayor rango a cargo de las autoridades tradicionales y organizaciones propias de los pueblos indígenas afiliados.

Son DELEGACIONES porque las integran los afiliados delegados por las autoridades tradicionales para que de manera específica velen por la calidad de los servicios y defiendan los derechos de los usuarios, sin que se extralimiten en sus funciones, suplanten, desvirtúen o contraríen las disposiciones de las autoridades tradicionales y organizaciones propias.

El propósito de las asociaciones es acompañar, reforzar y/o auxiliar las funciones de las organizaciones y autoridades tradicionales en lo que respecta a la defensa de los derechos en salud, en un ámbito colectivo, público, con visión intercultural y enfoque diferencial. Por consiguiente, no podrán constituirse en figuras jurídicas independientes como fundaciones, corporaciones, cooperativas, u otro tipo de organización que pudiera ocasionar paralelismo de mando frente a las formas y estructuras de gobernabilidad propias de los pueblos indígenas.

 

FUNCIONES:

a) Contribuir en la divulgación y defensa del Modelo de Atención Institucional de Dusakawi EPSI – DINAMICA DE ARMONIZACIÓN DIFERENCIAL E INTERCULTURAL EN SALUD Y BUEN VIVIR.

b) Mantener vínculo permanente con las autoridades indígenas y organizaciones para dar cumplimiento a los lineamientos internos relacionados al desempeño de sus funciones.

c) Asistir a reuniones o asambleas de concertación y evaluación de los servicios de salud.

d) Velar por la calidad y oportunidad de los servicios de salud.

e) Defender los derechos y promover los deberes de los usuarios.

f) Elaborar y remitir informes de evaluación de los servicios de salud ofrecidos por Dusakawi EPSI y hacerles seguimiento.

g) Hacer propuestas de mejoramiento en los servicios de salud a los directivos de Dusakawi EPSI e instituciones prestadoras de servicios.

h) Mantener comunicación con los afiliados, las organizaciones y autoridades indígenas, para en coordinación y colectivamente velar por los derechos de los usuarios.

i) Acompañar a Dusakawi EPSI en la divulgación de información y educación a los usuarios en temas de derechos y deberes, políticas y planes de la EPSI y normas en salud.

j) Vigilar que las decisiones tomadas en torno al mejoramiento de los servicios de salud se apliquen según lo acordado.

 

 

Asociación Nacional de Usuarios

 

Puede descargar el listado de contactos de la asociación de usuarios haciendo clic aquí.

 

Cronograma De Reuniones Nacional y Departamental

 

Cronograma De Reuniones Municipales

 

Evidencias de Convocatorias Cesar

 

Evidencias de Convocatorias La Guajira

 

Evidencias de Convocatorias Magdalena

 

Cronograma Convocatorias 2023

 

Actas de Reunión

 

Actividades Asociacion De Usuarios

 

¿Por qué se llaman Delegaciones de Veedurías en Salud?

Se denominan Delegaciones porque las integran personas pertenecientes a los pueblos indígenas afiliados al Régimen de Salud Subsidiado atendiendo mecanismos propios de decisión y ejerciendo los derechos étnicos, quienes son escogidos a través de las formas propias de cada etnia, y tienen como misión velar por la calidad de los servicios, defender los derechos en salud de los usuarios sin que suplanten a las autoridades indígenas propias o sus formas de toma de decisiones. Por ende son un apoyo para sus autoridades con quienes deben socializar cada situación con miras a tomar decisiones avaladas de manera conjunta.

Cabe decir que las Delegaciones de Veeduría en Salud pueden constituirse con integrantes indígenas, no indígenas o de manera mixta según se amerite, pero siempre deben funcionar bajo el mismo enfoque intercultural ya que la empresa queda supeditada primordialmente a las disposiciones de las legislaciones indígenas.

Las Delegaciones no podrán constituirse en figuras jurídicas independientes como fundaciones, corporaciones, cooperativas, ONG, u otro tipo de organización que pudieran ocasionar paralelismo o rivalidad a las formas y estructuras jurídicas y jurisdiccionales legítimas de los pueblos indígenas.

Funciones de las Delegaciones de Veeduría en Salud de DUSAKAWI EPSI

Su propósito es acompañar, reforzar o auxiliar el desempeño de las organizaciones y autoridades tradicionales de los pueblos indígenas afiliados, en la defensa social de los derechos en salud en un ámbito colectivo, público, con visión intercultural y enfoque diferencial y tienen las siguientes funciones:

1. Asistir a reuniones o asambleas de concertación y evaluación de los servicios de salud

2. Velar por la calidad y oportunidad de los servicios de salud

3. Defender los derechos y promover los deberes de los usuarios

4. Elaborar y remitir informes de evaluación de los servicios de salud ofrecidos por Dusakawi EPSI y hacerles seguimiento.

5. Hacer propuestas de mejoramiento de los servicios de salud a los directivos de Dusakawi EPSI y de las instituciones prestadoras de servicios según corresponda al área geográfica

6. Mantener comunicación con los afiliados, las organizaciones y autoridades indígenas de manera coordinada con el fin de velar por los derechos de los usuarios.

7. Acompañar a Dusakawi EPSI en la divulgación de información y educación a los usuarios en temas de derechos y deberes, políticas y planes de la EPSI y normas de salud.

8. Vigilar que las decisiones que se tomen en torno al mejoramiento de los servicios en salud se apliquen según lo acordado.

Deberes las Delegaciones de Veeduría en Salud

1. Cumplir con las funciones asignadas

2. Proteger el buen nombre de Dusakawi EPSI

3. Proteger los bienes y servicios de Dusakawi EPSI

4. Conservar la buena imagen y rectitud de la Delegación

5. Respetar y contribuir en la protección, fortalecimiento y permanencia de los derechos de los pueblos indígenas

6. Respetar y acompañar las políticas, misión y visión de Dusakawi EPSI

7. Respetar y acatar las prohibiciones y límites de las Delegaciones

Derechos de las Delegaciones de Veeduría en Salud

1. Recibir capacitaciones en temas relacionados a sus funciones

2. Los integrantes de las Delegaciones conservarán la libertad de elegir o trasladarse a otras empresas según lo disponga la normatividad vigente

3. Los integrantes de las delegaciones serán elegidos libremente, así como también gozarán de libertad para retirarse cuando lo deseen

4. Las Asociaciones o Delegaciones de Usuarios se construirán con un número plural de usuarios, sea con miembros indígenas, de manera mixta o no indígenas, toda vez que constituyan y funcionen en el marco de la visión intercultural referida.

5. Ser escuchados y tenidas en cuenta sus propuestas

6. Recibir apoyo de parte de Dusakawi EPSI para optimizar sus funciones

El Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia dirige el sistema de salud y protección social en salud, a traves de polí­ticas de promoción de la salud...

 


La Ley 1122 de 2007 aprobada con el fin de realizar algunos ajustes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, teniendo como prioridad el mejoramiento en la prestación de los servicios a los usuarios...

 

 

Punto de acceso integrado a la información y servicios que ofrecen todas las entidades públicas en sus propios Sitios en Internet.

 

 

Fondo de Solidaridad y Garantí­a, es una cuenta especial creada por la Ley 100 por medio de la cual se administran los recursos de la Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud.